El Artículo 5 del Reglamento (EC) Nº852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo para la higiene de los productos alimenticios pide a los operadores de empresa alimentaria deberán crear, aplicar y mantener un procedimiento o procedimientos permanentes basados en los principios del Análisis de Peligros y Puntos de Control Crítico (APPCC).
Se considera que los sistemas de APPCC son generalmente una herramienta útil para los explotadores de empresas alimentarias para controlar los peligros que puedan ocurrir en el alimento. En vista de la amplia gama de empresas alimentarias a las que el Reglamento (CE) Nº 852/2004 está dirigido, y en vista de la gran diversidad de productos alimentarios y procedimientos de fabricación que se aplican a los alimentos, parece útil publicar una orientación general sobre el desarrollo y la puesta en práctica de procedimientos basados en el APPCC.
El Reglamento (CE) Nº852/2004 permite poner en práctica con flexibilidad los procedimientos basados en el APPCC de manera que se asegura que se puedan aplicar en todas las situaciones. Desde la adopción del Reglamento se le ha pedido a la Comisión que aclare hasta qué punto se puede aplicar la flexibilidad en lo referente a la puesta en práctica de los procedimientos basados en los principios del APPCC.
Este documento pretende publicar una orientación sobre el requerimiento marcado/asentado/trazado en el Artículo 5 del Reglamento (EC) Nº852/2004, y sobre la flexibilidad que se puede aplicar en particular en pequeñas empresas.
La Dirección General de Sanidad y Protección de los Consumidores de la Comisión ha mantenido una serie de reuniones con expertos de los Estados Miembros para examinar y alcanzar un consenso sobre estos asuntos.
Además, y en interés de la transparencia, la Comisión también ha promovido el diálogo con los socios comerciales para permitir expresar una opinión a diferentes sectores socioeconómicos. Con este fin la Comisión ha organizado una reunión con los representantes de los productores, la industria, el comercio y los consumidores para discutir cuestiones relacionadas con la puesta en práctica de procedimientos basados en el APPCC y de la flexibilidad del APPCC.
Se consideró que estas reuniones y diálogos deberían continuar a la luz de la experiencia obtenida con la completa aplicación del Reglamento desde el 1 de enero de 2006.
El presente documento pretende ayudar a todos los integrantes en la cadena alimentaria a entender mejor la puesta en práctica del APPCC y su flexibilidad. Sin embargo, este documento no tiene ninguna validez jurídica oficial y la última responsabilidad de la interpretación de la ley, en caso de conflicto, recae sobre el Tribunal de Justicia.